JORNADA COLEGIO ADMINISTRADORES DE FINCAS
21 Junio 2024

MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

AMINISTRADORES DE FINCAS

Teniendo en cuenta, que en cada organización se trabaja de una manera hoy nos vamos a centrar en las administraciones de fincas. Añadiendo al post anterior, ¿APLICAMOS BIEN LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE DATOS?,  las especificaciones propias de las Administraciones de Fincas.

¿Cuáles son las principales obligaciones?

En las comunidades de propietarios, éstas serán las responsables del tratamiento de sus datos personales.

En el caso de que tengan contratado un administrador de fincas, éste actuará como encargado del tratamiento. Es decir, en este caso, se establece la siguiente relación: la comunidad es responsable de los tratamientos y el administrador actúa como encargado de los mismos. Ambos deben someterse a la normativa de protección de datos, que establece al respecto una serie de obligaciones, entre las que podemos citar:

  • La creación del registro de actividades de tratamiento.
  • Cumplir con el derecho de información.
  • Atender los derechos de protección de datos.
  • Determinar la legitimación de los tratamientos.

Además, el contrato entre la comunidad y el administrador deberá contener las respectivas cláusulas de protección de datos.

Por otro lado, los puntos calientes en una Administración de fincas, y donde hay que implementar las medidas necesarias para la protección de los datos de los propietarios, son los siguientes:

  • Aplicaciones para la gestión de las comunidades de propietarios
  • Publicaciones en el tablón de anuncios.
  • Videovigilancia de las zonas comunes.
  • Tratamiento de los morosos

Si necesitas asesoramiento en la materia consúltanos.